junio 18 2020

Aviso al RFC de socios y accionistas

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I. Antecedente

El 9 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación (el “Decreto”).1 El Decreto, entre otras cuestiones, reformó el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (“CFF”) estableciendo una nueva obligación para las personas morales residentes en México de presentar un aviso en el Registro Federal de Contribuyentes (“RFC”) en el que informen el nombre y la clave RFC de los socios o accionistas, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación en el capital social de la sociedad.2

II. Presentación del aviso

De conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal 2.4.19 vigente para el ejercicio social 2020, el aviso referido en la sección anterior deberá presentarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquél en que se modifique el capital social, a través del portal electrónico del Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) y con base en la ficha de trámite 295/CFF.

Para cumplir con la obligación antes referida, es necesario seguir los pasos que se encuentran en el Anexo “A” de este documento3.

Tras cumplir con el procedimiento mencionado en el Anexo “A”, la persona moral debe recibir en el portal del SAT la resolución y, transcurridos 7 días hábiles, podrá consultar el estado de su trámite. Este procedimiento es gratuito y queda vigente hasta que el contribuyente presente una nueva actualización de la estructura del capital social.

III. Presentación del aviso antes del 30 de junio de 2020

De conformidad con el artículo transitorio Cuadragésimo Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el ejercicio social 2020, las personas morales que no tengan actualizada la información de los socios o accionistas en el RFC, deberán presentar el aviso antes mencionado, por única ocasión, en o con anterioridad al 30 de junio de 2020, con la información vigente a esa fecha.

IV. Sanciones

De conformidad con los artículos 79 fracción III y 80 fracción II del CFF, no presentar el aviso de actualización del capital social o presentarlo de manera extemporánea, salvo que sea presentado espontáneamente, es sancionado con una multa entre $4,200.00 y $8,390.00 pesos. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, puedan imponer las autoridades competentes, siguiendo los procedimientos aplicables.

V. Publicaciones en el Sistema Electrónico de la Secretaría de Economía

Con motivo de la obligación descrita anteriormente, se recuerda la obligación establecida en los artículos 73 y 129 de la Ley General de Sociedades Mercantiles consistente en publicar un aviso en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía respecto de las inscripciones que se realicen en el libro de registro de acciones o de socios. Este trámite se realiza a través del portal de Publicaciones de Sociedades Mercantiles4.

Contacto:

Raúl Fernández Briseño: raulfernandez@mayerbrown.com

Francisco Javier Garibay Güemez: JGaribayGuemez@mayerbrown.com

Anexo “A”

Procedimiento para presentar aviso al RFC

  1. Entrar al portal del SAT: https://www.sat.gob.mx;
  2. Ir al menú en la parte superior y dar clic en “Otros trámites y servicios”;
  3. Buscar la pestaña “Aclaración, asistencia y orientación electrónica”, abrir las opciones y seleccionar “Presenta tu aclaración como contribuyente”;
  4. Elegir la opción “Ejecutar en línea” (botón amarillo);
  5. Ingresar el RFC y la contraseña de la persona moral;
  6. Elegir la opción de “Servicios por internet”;
  7. Seleccionar las opciones “Aclaraciones/Solicitud”;
  8. Llenar el formato electrónico correspondiente al trámite “Actualización del RFC”;
  9. Adjuntar la copia del documento en que consten las modificaciones; y5
  10. Enviar la solicitud y recibir el acuse.

2 Artículo 27, apartado B, fracción VI del CFF.

3 Recomendamos utilizar el navegador Mozilla Firefox.

5 El CFF no menciona si los documentos deben ser protocolizados, pero, de conformidad con la ficha de trámite 295/CFF, al presentar el aviso, la Sociedad deberá presentar el documento protocolizado y digitalizado en el que consten las modificaciones, así como la incorporación de sus socios o accionistas.

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