octubre 20 2023

Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles en materia de celebración de actos corporativos por medios electrónicos y fuera del domicilio docial

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El 20 de octubre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles (la “LGSM”) en materia de celebración de actos corporativos por medios electrónicos y fuera del domicilio social de la sociedad (la “Reforma”).

Derivado de la Reforma, las sociedades mercantiles podrán llevar a cabo (entre otros) los siguientes actos jurídicos:

  1. Celebración de asambleas de socios (en el caso de la sociedad de responsabilidad limitada) y de asambleas de accionistas (en el caso de sociedades anónimas) mediante el uso de medios electrónicos, ópticos y de cualquier naturaleza.
  2. Celebración de sesiones del órgano de administración de la sociedad (consejo de administración o consejo de gerentes) mediante el uso de medios electrónicos, ópticos y de cualquier naturaleza.
  3. Celebración de asambleas de socios y asambleas de accionistas en un domicilio distinto al al domicilio social de la sociedad, siempre y cuando se apruebe por la totalidad de los socios o accionistas.

Asimismo, la Reforma permite expresamente la posibilidad de firmar las actas que se levante con motivo de la celebración de asambleas de accionistas en la sociedad anónima mediante el uso de firma electrónica.

Es importante resaltar que, para la celebración de los actos jurídicos previamente referidos, es necesario reformar los estatutos sociales de cada sociedad mercantil para establecer la posibilidad de celebrar dichos actos jurídicos.

La Reforma representa un avance importante en la actualización de legislación aplicable a las sociedades mercantiles en México; sin embargo, el propio contenido de la Reforma contiene retos importantes.

En Mayer Brown hemos participado activamente en el desarrollo de mejores prácticas en materia de comercio electrónico (incluyendo la celebración de actos jurídicos mediante el uso de firma electrónico) que consideramos fundamental incluir en los documentos corporativos de las sociedades mercantiles.1 De igual manera, hemos trabajo de la mano de las principales plataformas de firma electrónica para establecer cláusulas, criterios y mejores prácticas en la materia. Lo anterior, con el objetivo de refozar el gobierno corporativo de cada sociedad mercantil.

Disclaimer: Este material no deberá entenderse como asesoría legal y se proporciona exclusivamente con propósitos informativos.

 


 

1 Para mayor información respecto al uso de firma electrónica en operaciones comerciales, favor de referirse a https://www.mayerbrown.com/es/perspectives-events/publications/2020/06/use-of-electronic-signature-for-commercial-transactions-in-mexico.

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