octubre 09 2020

La CRE Cambia Las Reglas Para La Incorporación De Nuevos Socios Compradores en Los Permisos De Autoabastecimiento

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El 6 de octubre de 2020, la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) aprobó por unanimidad la resolución RES/1094/2020, mediante la cual se cambiaron las reglas para modificar o transferir permisos de generación y suministro eléctrico(la “Resolución”). Dicha Resolución fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el 7 de octubre y entró en vigor al día siguiente.

Esta Resolución también se vio favorecida con una exención del análisis de impacto regulatorio otorgada de manera expedita, a pesar que el pasado 18 de febrero de 2020 la propia Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (“CONAMER”) había rechazado la solicitud de exención enviada por la CRE para un proyecto de resolución en términos sustancialmente similares.

La Resolución modifica el régimen aplicable a los titulares de permisos de autoabastecimiento (“Permisionarios”) y les impide incluir como socios compradores a (i) personas nuevas, diferentes a las autorizadas previamente, (ii) centros de carga que hayan celebrado un contrato de suministro con CFE Suministrador de Servicios Básicos (“CFE SSB”), y (iii) centros de carga que estuviesen obligados a registrarse como Usuarios Calificados.

Dentro del contexto del proceso de mejora regulatoria, y un día antes de la publicación de la Resolución en el DOF, la Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”) envió comentarios a CONAMER. COFECE señaló que el proyecto de Resolución resultaba contrario a la competencia económica dado que la Resolución: (i) reduce los incentivos para invertir, limitando la posibilidad de competir, (ii) limita las opciones de los usuarios del servicio básico y (iii) otorga ventajas exclusivas a CFE SSB (incluyendo el hecho que los excedentes de energía deberán ser transferidos a CFE SSB a precios más bajos que el mercado).

La Resolución, a pesar de tratarse de reglamentación secundaria que debiera desarrollar lo previsto en la Ley de la Industria Eléctrica (“LIE”), impone a los Permisionarios restricciones adicionales a las previstas por los artículos transitorios de la LIE.

La LIE en sus artículos transitorios segundo, décimo y décimo segundo establece que los permisos otorgados conforme al régimen anterior deberán ser respetados en sus términos, sin que los mismos puedan prorrogarse más allá de su vigencia. El régimen transitorio previsto por la LIE y la RES/390/2017 permitía la entrada y salida de los socios compradores; sin embargo, lo anterior ya no es posible a partir del 8 de octubre de 2020.

Las afectaciones a los Permisionarios causadas por la Resolución agravan la situación que los mismos han enfrentado durante los últimos meses, con motivo del retraso o rechazo de CRE para modificar permisos de autoabastecimiento.

Es probable que la Resolución sea impugnada. El propio artículo 5 de la Resolución con fundamento en el artículo 27 de la Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (“LORCME”), establece que dicha Resolución sólo podrá impugnarse a través del juicio de amparo indirecto. Sin embargo, la Resolución no toma en cuenta la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que declara inconstitucional la limitación a los medios de defensa establecida por el artículo 27 de la LORCME.

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